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¿Independizar o subdividir?

Abr 13, 2022 | 1 Comentario

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Es muy importante saber los términos de cada uno y poder diferenciarlas, esto nos ayudará a poder verificar una partida registral.

1. INDEPENDIZAR

Independizar un inmueble se refiere al desmembramiento de un “predio rústico” (sin habilitación). Implica separar su espacio total en espacios propios para cada uno de los residentes. Lo anterior genera una partida registral única para cada inmueble.


¿PARA QUÉ SIRVE?

Cuando compartes una propiedad y aún no ha sido independizada, entonces no será posible que este pueda ser comercializada (vendida, alquilada o usarse como garantía) a tu nombre. Por ende, es un proceso indispensable para cualquiera que esté pensando en vender un inmueble o dejarlo como herencia.


¿DÓNDE SE HACE EL TRÁMITE?

Para realizar este trámite, debes inscribir la solicitud en el registro de propiedad inmueble de la SUNARP, a fin de que cada inmueble cuente con su propia partida, y que, de igual forma, este tenga su propia numeración y nomenclatura.

2. SUBDIVIDIR

La subdivisión es el procedimiento por el cual se fracciona un predio urbano. Para que sea posible debes dividir el bien en dos o más predios independientes de manera que cada inmueble cuente con su propia partida registral.


¿QUÉ SE DEBE HACER ANTES DE SUBDVIDIR?

Antes de solicitar la subdivisión debes pedir a la Municipalidad Distrital donde se encuentra ubicado el inmueble que será materia de división: los parámetros urbanísticos, que es el documento que indicará cuál es el mínimo metraje que puedes independizar. Y con esta información y con los requisitos, podrás solicitar la subdivisión ante la municipalidad distrital donde se encuentra la propiedad.


REQUISITOS

  • Parámetros urbanísticos
  • Formulario único de habilitación urbano (FUHU)
  • Plano municipal de subdivisión y memoria descriptiva debidamente sellado y visado, donde debe precisarse el área, Linderos y medidas perimétricas de cada uno de los predios resultantes.
  • Código catastral
  • Documento con firma certificada notarial
  • Resolución municipal
  • Registros públicos

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1 Comentario

  1. loveroom

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    Responder

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